miércoles, julio 29, 2026
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Memes, parodias y caricaturas no son delitos ni conllevan prisión en el nuevo Código Penal

La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, afirmó este miércoles que la creación y publicación de memescaricaturas, parodias, sátiras, videos e imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social no constituye un delito en el Código Penal aprobado y su reciente reforma.

La aclaración fue difundida por Reynoso en su cuenta de X en medio de las inquietudes generadas por las disposiciones que castigan la publicación de imágenes, audios y videos falsos o alterados que afecten el honor, la intimidad, el buen nombre o la reputación de una persona.

  • «No es delito, porque el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican ni lo sancionan con prisión o multa«, indicó la procuradora en un documento titulado «Precisiones sobre el Código Penal aprobado y su reforma«.

Según la posición del órgano persecutor, estas expresiones no son dolosas cuando el contenido puede ser reconocido claramente como una creación o ficción, no busca engañar al público con fines ilícitos ni atenta contra la integridad de niños, niñas o adolescentes.

Reynoso fundamentó su explicación en los principios de legalidadresponsabilidad, culpabilidad e interpretación estricta establecidos en el propio Código Penal.

La legislación dispone que ninguna persona puede ser sancionada por una conducta que no esté prohibida de manera precisa e inequívoca. También impide utilizar interpretaciones extensivas o analogías contra una persona procesada y establece que solo existe culpabilidad cuando se ha actuado con dolo y de manera culposa.

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